
RESOLUCIÓN 039 25 DE JULIO DE 2021.
CAPÍTULO 5
CAPÍTULO IV
DE LA DESIGNACIÓN Y PERIODO
ARTÍCULO 21°. Se designarán como representantes estudiantiles principales ante el Comité de Programa de Pregrado, los dos (2) candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos, de acuerdo con la conformación del Comité de Programa establecido en el Artículo 27° del Acuerdo 009 de 2000 del Consejo Superior, por un periodo de dos (2) años.
En concordancia con lo anterior, ambos estudiantes serán designados como representantes.
ARTÍCULO 20°. Una vez se tengan los resultados definitivos, cada coordinación académica con el apoyo de las oficinas de comunicaciones, publicará en la página web de la Facultad o Instituto Académico, los resultados oficiales de las votaciones.